Decisiones y recomendaciones sobre el Coronavirus

Recibimos el siguiente comunicado con la firma del Intendente Municipal Lic. Emilio Cordonnier, y del Jefe Municipal de Gabinete, Lic. Hernán Naveyra, que seguidamente compartimos con los lectores:
«Visto, la declaración de pandemia por Coronavirus (COVID – 19) recientemente dispuesta por la Organización Mundial de la Salud, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 dictado por el Presidente de la Nación, el Decreto N° 132 del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, las Resoluciones N° 393 y 394 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, la Resolución N° 184/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, y Considerando que la rápida propagación del virus COVID – 19 representa un riesgo para la salud pública exigiendo acciones inmediatas para contener la enfermedad e interrumpir la propagación y contagio; Que resulta oportuno y conveniente para el cuidado de la salud de nuestros vecinos realizar recomendaciones en el orden local que complementen y refuercen las dispuestas por órganos nacionales y provinciales; Que en tal sentido se vuelve importante trabajar de manera articulada con autoridades provinciales y nacionales en general y, especialmente, con aquellas que cuenten con dependencias en nuestro partido; Que es necesario brindar información precisa tanto de medidas preventivas como de actuación ante casos sospechosos por Coronavirus que requieran análisis; Que el compromiso y la colaboración de la comunidad será fundamental para mitigar el daño que pueda producir esta enfermedad; Que en tal sentido, además de adecuar el sistema de salud local a la situación actual, se ha dispuesto la provisión de información por distintos medios para el público en general; Que el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires ha dictado la Resolución N° 393 mediante la cual establece la obligatoriedad de ejecución de los protocolos que la autoridad publica periódicamente; y la Resolución N° 394 mediante la que formula una serie de recomendaciones para contener y sensibilizar la vigilancia epidemiológica de la población, desalentando la realización de eventos masivos y grandes aglomeraciones de público; Que desde la Municipalidad de Ayacucho se siguen recomendaciones del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires a través de Zona Sanitaria Octava como así también del Ministerio de Salud de la Nación; Que las autoridades sanitarias locales realizan un monitoreo permanente del avance de la situación y se van actualizando las medidas preventivas y las acciones en general.
Por ello; El Intendente Municipal en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipales sanciona con fuerza de: Decreto:
Artículo 1°: Adherir a los términos del Decreto N° 132/2020 del Gobernador de la Provincia de Buenos Aires en virtud del Artículo 8° del mismo.
Artículo 2°: Suspender desde la publicación del presente Decreto y hasta el dictado de un nuevo acto administrativo todo evento de concurrencia masiva organizado por la Municipalidad de Ayacucho o que organizado por terceros requieran habilitación, autorización o permiso municipal.
Artículo 3°: Suspender los procedimientos administrativos que se encuentren en trámite o que se inicien con posterioridad a la publicación del presente Decreto como consecuencia de los eventos mencionados en el artículo anterior.
Artículo 4°: Recomendar a terceros organizadores de eventos de concurrencia masiva, pública o privada, que no requieran habilitación, autorización o permiso municipal especial la suspensión de los mismos como medida preventiva y colaborativa con toda la comunidad, privilegiando el bienestar general y las condiciones de salud pública.
Artículo 5°: Recomendar a la población de Ayacucho adoptar las medidas de cuidado y prevención que se informan desde la Municipalidad a través de las áreas de Salud, como así también desde el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Salud de la Nación y que como anexo único forman parte del presente.
Artículo 6°: Recomendar a los vecinos de Ayacucho, que hayan regresado o regresen en los próximos días de viaje del exterior, tanto de los países con casos de circulación de virus COVID – 19 confirmada (China, Japón, Corea del Sur, Irán, Europa, Estados Unidos) como los países que no han confirmado casos todavía, en los que el viaje en avión y la permanencia en aeropuertos pudo o puede generar contacto con personas contagiadas, permanecer en sus domicilios por el término de 14 días según lo disponen los protocolos oficiales como medida preventiva, con especial énfasis para niños en edad escolar.
Artículo 7°: Recomendar a personas mayores de 65 (sesenta y cinco) años de edad el aislamiento voluntario preventivo en sus domicilios.
Artículo 8°: Instruir a las autoridades sanitarias locales que dispongan las medidas que consideren pertinentes para resguardo del personal de salud.
Artículo 9°: Otorgar licencia excepcional por el plazo de 14 (catorce) días a todos aquellos agentes municipales que prestan servicios en la planta permanente y transitoria, locaciones de servicio, participantes de programas sociales municipales de empleo que hayan ingresado al país a partir del 6 de Marzo de 2020 inclusive o desde el momento posterior que se verifique el ingreso a la República Argentina. Esta licencia no afectará la normal percepción de las remuneraciones y/u honorarios normales y habituales como así tampoco los adicionales que por Ley correspondan.
Artículo 10°: Autorizar con intervención de la autoridad sanitaria municipal licencias excepcionales especiales por el plazo y la forma que para cada caso concreto se determine para aquellos agentes municipales que prestan servicios en la planta permanente y transitoria, locaciones de servicio, participantes de programas sociales municipales de empleo que formen parte de la población considerada de riesgo frente al COVID – 19.
Artículo 11°: Comuníquese, Publíquese y dése al Registro Oficial. De forma.

Informe de la Subsecretaria Municipal de Salud
La Subsecretaría Municipal de Salud, recuerda a la comunidad que es importante el lavado de manos como medida más eficaz para el autocuidado.
A la vez que se está proveyendo de alcohol en las distintas dependencias municipales, para todas las personas que ingresen puedan utilizarlo.
Además es importante resaltar que el alcohol que compramos en las farmacias puede ser reducido a un 70% y colocado en un recipiente, con el cual también sirve para repasar superficies y manos.

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