Año nuevo, Reglamento nuevo

Escribe: Eduardo A. Volonté.-
Es un lugar común decir Año nuevo, vida nueva.
Nuestro Concejo Deliberante puede adaptar ese dicho y decir Año nuevo, Reglamento nuevo.
Ya que a partir del inicio de este 2020, rige en su totalidad en Reglamento Interno que se aprobara por unanimidad en la sesión del 27 de junio del 2019.
Esta norma, que no tendrá incidencia directa sobre los vecinos, resulta –sin embargo- de suma importancia para quienes integran el cuerpo, ya que es la que regula todo el funcionamiento del mismo.
El reglamento anterior había sido sancionado en 1960 y sufrido reformas parciales.
Si bien la calidad del trabajo desarrollado por los concejales de 1960, lo hacía aplicable 59 años después, la existencia de nuevas demandas y escenarios legislativos, con los avances tecnológicos producidos, con nuevos desafíos
de gestión municipal, con la aparición de nuevos derechos y también nuevas demandas, hacían conveniente generar un nuevo Reglamento.
El marco normativo en el cual se encuadra el Reglamento son la Constitución Provincial sancionada hace 85 años y la Ley Orgánica de las Municipalidades, sancionada hace 61.
Obviamente normas tan obsoletas actuaron como una limitante al momento de introducir reformas.
Si hablar de un Reglamento ya es de por sí un tema árido, mucho más lo es referirse a modificaciones, que en muchos casos no representan cambios sustanciales, pero si avances en cuanto a la resolución de situaciones
confusas o conflictivas, o destinadas a generar un trámite legislativo más ágil.
Algunos de los cambios
A simple título de enunciado vayan solo algunos de los cambios introducidos:
Se pone a los despachos de comisión, es decir a las futuras Ordenanzas en el centro horario de la sesión. (hasta ahora se consideraban al final)
Se faculta a la presidencia a dictar declaraciones ad referéndum del cuerpo.
Se determinan distintos mecanismos de integración de las comisiones internas de acuerdo a la cantidad de bloques actuantes.
Se establece su funcionamiento durante todo el año y como integrarlas en épocas de recambio del Concejales.
Se regula su funcionamiento interno y autoridades.
Se crea la comisión de Labor Deliberativa (presidencia del CDA y de los bloques)
Se dispone sobre las escisiones de los bloques.
Se modifican las mayorías necesarias para tratar determinados proyectos.
Se limita el tiempo de exposición del orador.
Se dispone la forma de presentación de los proyectos.
Se incorporan figuras participativas para el análisis de los temas.
Se anticipa el traslado a comisión de los expedientes a fin de agilizar su trámite.
Estos son solo algunos de los items modificados o incorporados, pero que sirven para dar una idea del contenido votado.
Los fundamentos
Resulta oportuno reiterar conceptos expresados en los Considerando del proyecto:
“…QUE el presente Reglamento ha sido confeccionado principalmente sobre la base de tres textos: a) el Reglamento vigente y sancionado en 1960, b) el proyecto de nuevo Reglamento presentado por expediente HCD 330/10 por
el Bloque de Concejales de la Coalición Cívica, c) el proyecto de nuevo Reglamento presentado por expediente HCD 199/08 por el Bloque de Concejales del Frente para la Victoria / Partido de la Victoria.”
“…QUE al aporte fundamental de los textos citados se le sumaron las opiniones y sugerencias surgidas como producto de un extenso análisis por parte de la Comisión de Legislación, Interpretación y Reglamento, como también de
otros Concejales que se sumaron al estudio de la nueva norma.”
“…QUE también se tuvo en cuenta el análisis comparado de numerosos Reglamentos de otros distritos bonaerenses.”
“…QUE otorgarle al presente una autoría determinada, sería incurrir en un error e incluso en un acto de injusticia, ya que el texto resultante ha sido el fruto de diversas vertientes.”
“…QUE este Reglamento es una obra colectiva. Y así debe serlo un texto que habrá de regir los destinos de todos los integrantes del H. Concejo Deliberante de Ayacucho.”
“…QUE es de esperar que la existencia de un nuevo Reglamento Interno signifique un aliciente para todos los que se vayan sucesivamente incorporando al Concejo Deliberante para mejorar las prácticas legislativas, para hacer más
eficiente la tarea de dictar las normas locales.”
No se pretende que este nuevo Reglamento rija otros 59 años, pero que al menos contribuya a facilitar la labor legislativa, a hacerla más dinámica, a transparentarla.
Es de esperar que su texto sea cumplido e implementado totalmente, y que contribuya a una mejor práctica legislativa.-

 

 

 

 

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