Un Decreto siempre vigente

Escribe. Eduardo A. Volonté.-

Del fárrago de normas que a lo largo del tiempo van conformando el andamiaje jurídico de un país, la mayoría están condenadas a pasar al olvido sin mucha gloria.

No obstante, suele ocurrir que algunas de ellas perduran en la memoria colectiva, venciendo el olvido al que el paso del tiempo a casi todo lo condena.

Prueba de ello es un Decreto dado el 6 de diciembre de 1810,que  no solo sigue vivo en el recuerdo, sino que también – y principalmente- su espíritu conserva plena vigencia.

Nos referimos al denominado Decreto de supresión de honores, que surgido de la pluma de Mariano Moreno

Recordemos primero los hechos que lo motivaron.

No fueron fáciles los primeros tiempos para la Junta surgida el 25 de Mayo de 1810.

A los avances y retrocesos de las expediciones militares enviadas para divulgar la nueva realidad política de Buenos Aires, se sumaban las ya evidentes diferencias de criterios en el seno mismo de la Junta. Saavedra y Moreno, podrían en una síntesis, ser referenciados como los polos opuestos.

El festejo del triunfo patriota en Suipacha  el 7 de noviembre, fue el desencadenante del conflicto que generara el Decreto que hoy recordamos.

El propio Saavedra así lo relató: “La oficialidad de Patricios dio una lúcida función en su cuartel: fui convidado a ella con mi familia, y uno de los concurrentes, cargado de vino y licores hizo varios brindis en que me aplaudía, dándome los nombres de emperador, rey, etc. En una de las fuentes del ramillete de dulces había una corona de azúcar; uno de los oficiales obsequió con ella a mi mujer, y ella me lo pasó a mí.”

Enterado Moreno de esto, no dudó en redactar el Decreto de marras, reafirmando en sus casi dos mil palabras cuál era su sentimiento republicano, y también –debe decirse- descargando su bronca personal.

Luego de extensas consideraciones y definiciones sobre el sentido de la igualdad, el Decreto establecía “absoluta, perfecta, e idéntica igualdad entre el Presidente, y demás vocales de la Junta”;   “Ni el Presidente, ni algún otro individuo de la Junta en particular revestirán carácter público, ni tendrán comitiva, escolta, o aparato que los distinga de los demás ciudadanos”.

El contenido

“Se prohíbe todo brindis, viva, o aclamación pública en favor de individuos particulares de la Junta. Si éstos son justos, vivirán en el corazón de sus conciudadanos: ellos no aprecian bocas que han sido profanadas con elogios de los tiranos.”

“No se podrá brindar sino por la patria, por sus derechos, por la gloria de nuestras armas, y por objetos generales concernientes a la pública felicidad.”

“Habiendo echado un brindis D. Atanasio Duarte, con que ofendió la probidad del Presidente, y atacó los derechos de la patria, debía perecer en un cadalso; por el estado de embriaguez en que se hallaba, se le perdona la vida; pero se destierra perpetuamente de esta ciudad, porque un habitante de Buenos Aires ni ebrio ni dormido debe tener impresiones contra la libertad de su país.”

“Las esposas de los funcionarios públicos políticos y militares no disfrutarán los honores de armas ni demás prerrogativas de sus maridos: estas distinciones las concede el estado a los empleos, y no pueden comunicarse sino a los individuos que los ejercen.”

“En las diversiones públicas de toros, ópera, comedia, etc. no tendrá la Junta palco, ni lugar determinado: los individuos de ella que quieran concurrir, comprarán lugar como cualquier ciudadano.”

Más allá del hecho puntal que motivara este Decreto, por encima de las rencillas ideológicas y personales entre Moreno y Saavedra, el profundo sentido republicano de su contenido, hace que su texto perdure en el tiempo como un faro permanente que recuerda todos cual debe ser el rumbo a seguir.

Resulta oportuno cerrar estas líneas con un párrafo de aquel Decreto, que sería bueno que más de un gobernante lo lea y principalmente lo cumpla:

“La libertad de los pueblos no consiste en palabras ni debe existir en los papeles solamente. Cualquier déspota puede obligar a sus esclavos a que canten himnos a la libertad; y este cántico maquinal es muy compatible con las cadenas, y opresión de los que lo entonan. Si deseamos que los pueblos sean libres, observemos religiosamente el sagrado dogma de la igualdad. ¿Si me considero igual á mis conciudadanos, porque me he de presentar de un modo que les enseñe que son menos que yo? Mi superioridad solo existe en el acto de ejercer la magistratura, que se me ha confiado; en las demás funciones de la sociedad soy un ciudadano, sin derecho a otras consideraciones que las que merezca por mis virtudes.”.-