Para ir a la playa

Escribe. Eduardo A. Volonté.-

Empezó el 2025 y estalló el verano, diría Crónica con su tipografía tipo catástrofe.

Lo cierto que el calor llegó para quedarse…hasta que se vaya y vuelva, y así sucesivamente, lo que nos permitirá afirmar con certeza que el tiempo está loco.

Hablar del cambio climático y sus consecuencias es un buen tema, pero para otro día con menos calor.

Y como al calor se lo combate con agua, lo mejor es irse a la playa, a Mar del Plata para ser original.

Atento a aquel sabio consejo que a donde fueres haz lo que vieres, no está de más recordar cuales eran los requisitos para quienes estaban dispuestos a darse un chapuzón en la todavía no ciudad feliz, en 1888.

Repasemos lo que decía el reglamento firmado por el Sub Prefecto Hilario Rubio:

Artículo 1º: Es prohibido bañarse desnudo.

Artículo 2º: El traje de baño admitido por este reglamento es todo aquel que cubra el cuerpo desde el cuello hasta las rodillas.

Artículo 3º: En las tres playas conocidas por el Puerto, de la Iglesia y de la Gruta no podrán bañarse los hombres mezclados con las señoras a no ser que tuvieran familia y lo hicieran acompañando a ella.

Artículo 4º: Es prohibido a los hombres solos aproximarse durante el baño a las señoras que estuvieran en él, debiendo mantenerse por lo menos a una distancia de 30 metros.

Artículo 5º: Se prohíbe a las horas del baño el uso de anteojos de teatro u otro instrumento de larga vista, así como situarse en la orilla cuando se bañan señoras.

Artículo 6º: Es prohibido bañar animales en las playas destinadas para el baño de familias

Artículo 7º: Es igualmente prohibido el uso de palabras o acciones deshonestas o contrarias al decoro.

BIKINIS Y ZUNGAS ABSTENERSE

Si al acalorado lector le parece un poco estricto este reglamento, tenemos para ofrecerle uno un poco más liberal, que entró a regir en la temporada de 1936.

Artículo 2°.-Fíjanse como horas de baño desde las 8 a las 13 y desde las 15 y 30 a las 19 y 30 horas.

Artículo 3°.-Prohíbese a todo bañista permanecer en el agua, una vez terminada la hora del baño…

Artículo 5°.-Los bañistas deberán observar la mayor compostura en su lenguaje y modales en el baño, de lo contrario, el bañero de servicio deberá hacerlo retirar, dando intervención a los inspectores o a la autoridad policial.

Artículo 6°.-No serán admitidas al baño, personas con enfermedades infecciosas o afectadas de dolencias que puedan provocar repulsión o desagrado a los demás bañistas.

Artículo 7°.-Queda terminantemente prohibido el uso de taparrabos dentro o fuera del agua, ni bajarse la malla hasta la cintura, aún con el propósito de tomar baños de sol. Las mallas de baños deberán ser de lana o algodón, de tejido cerrado y que por su confección no ofenda la moral y las buenas costumbres.

Artículo 8°.-Queda igualmente prohibido tomar baños de sol cuando para ello se adopten posturas inconvenientes y provocativas o se obstaculice el tránsito por la arena. Los bañistas no podrán desnudarse fuera de los locales establecidos para ese objeto, ni arrojar en la playa basuras y residuos de ninguna naturaleza.

Artículo 9°.-Está prohibido en la playa el juego al football o el uso de deslizadores o cualquier otro deporte que represente un peligro para el público, lo mismo que bañar animales o hacerlos transitar por la playa.

Artículo 11°.-Las infracciones a ese Reglamento serán penadas con multas de 10 a 100 pesos moneda nacional o en su defecto arresto de 1 a 10 días (…) El Arresto se cumplirá en las dependencias de la Policía local.

Si todavía estas normas le parecen demasiado rígidas, recuerde que ya no estamos ni en 1888 ni en 1936, así que vaya a la playa, haga lo que quiera, y si se anima dese una vuelta por alguna playa nudista, a unos 45 minutos de Mardel tiene la playa La Escondida. Eso sí, no se olvide el protector solar.