La nueva resolución publicada en el Boletín Oficial regula la presentación de documentación para fábricas, depósitos y agencias.
Por Agencia DIB

Sobreseyeron a policías acusados de permitir visitas a exjefe de Departamental detenido
La resolución, publicada en el Boletín Oficial, asegura que la obligación de presentar habilitaciones municipales generaba duplicación de requisitos y demoras, además de dificultades para unificar criterios a nivel nacional debido a las diferencias entre normativas locales.
Simplificación de trámites ante el Registro Nacional de Armas
La medida elimina ese requisito para trámites vinculados a la inscripción y rehabilitación de fábricas, depósitos y almacenamientos de nitrato de amonio en solución, un material sujeto a control. También alcanza a agencias de seguridad, transportadoras de caudales y entidades financieras, que ya no deberán presentar constancias municipales para gestiones como inscripciones, reaperturas, cambios de domicilio o prórrogas.
En estos casos, solo será necesaria la certificación emitida por la autoridad jurisdiccional competente, sin mayores exigencias documentales.
El organismo aclaró que la eliminación de este requisito no libera a los usuarios del cumplimiento de las normativas locales vigentes, ya que cada jurisdicción seguirá siendo responsable de controlar habilitaciones y condiciones de funcionamiento.
La resolución también deja sin efecto disposiciones anteriores, como partes de la normativa 220/08 y modificaciones de la 35/14, que establecían la obligación ahora eliminada.
Fuente: Agencia DIB

