Luego de las reuniones mantenidas entre los Organismos de Defensa del Consumidor y el Banco Central de la República Argentina en virtud de la creciente ola de estafas derivada del sistema de “créditos preaprobados”, y con la intención de combatir esta grave problemática, el BCRA emitió la COMUNICACIÒN “A” 7370 a través de la cual obliga a los bancos y financieras a “verificar fehacientemente” la identidad de sus usuarios cuando otorgan un crédito preaprobado.
Asimismo, se deberá constatar previamente a través del resultado del proceso de monitoreo y control, como mínimo, que los puntos de contacto indicados por el usuario de servicios financieros no hayan sido modificados recientemente. Una vez verificada la identidad de la persona usuaria, la entidad deberá comunicarle –a través de algunos de los puntos de contacto disponibles– que el crédito se encuentra aprobado y que, de no mediar objeciones, el monto será acreditado en su cuenta a partir de los 2 (dos) días hábiles siguientes.
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